496 research outputs found

    Las entidades territoriales no cuentan con facultades para reglamentar la constitución y funcionamiento de la figura de la caja menor

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    This article contains some thoughts on the issue related to the legal impossibility for local authorities to regulate the establishment and operation of petty cash, given that within the Colombian legal system and according to the organization and structure of the state does not exist statutory or constitutional powers to local authorities can be petty cash, being the only head authorizes agencies and entities that make up the general budget of the nation. In the letter set and determined not by the fact of territorial entities enjoy autonomy and of rights, these are limited to be within a unitary republic lindados by the Constitution and by law.El presente artículo contiene algunas reflexiones respecto a la imposibilidad constitucional y legal que tienen las entidades territoriales para instituir y reglamentar cajas menores, toda vez que dentro del ordenamiento jurídico colombiano, y atendiendo a la organización y estructura del Estado, solamente los organismos o entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación pueden hacerlo. En el escrito, con base en lo que establecen las normas, la jurisprudencia y la doctrina, se establece que no por el hecho de gozar de autonomía administrativa  y de unos derechos, las entidades territoriales pueden arrogarse una facultad que la ley no les otorga, dado que la autonomía de que están investidas tiene unos límites que dentro de una república unitaria están determinados por la Constitución Política y por las normas

    Actuaciones administrativas sancionatorias adelantadas por las inspecciones de trabajo

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    En Colombia, con la creación de la Oficina General del Trabajo en 1923, inició el camino de la intervención del Estado en los asuntos laborales. En 1927, aparecieron las multas y comenzó la construcción de un procedimiento sancionatorio administrativo-laboral, el cual evolucionó a partir de decisiones pretorianas que asociaron los textos constitucionales y los principios del debido proceso, así como una serie de garantías que constituyeron su fundamento. En este sentido, esta investigación buscó establecer si es eficaz la función administrativa sancionatoria de los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social descrita en la Ley 1610 de 2013. Este análisis demandó una revisión de la Ley 1610 de 2013, y la Resolución 1309 de 2013 del Ministerio de Trabajo. El estudio se realizó a partir del desarrollo histórico de la facultad sancionatoria de la administración, así como de sus orígenes y del debido proceso, teniendo en cuentas las garantías de éste según la doctrina, y según la jurisprudencia nacional y española. Se analizaron la estructura del Ministerio de Trabajo, las funciones de los Inspectores de Trabajo, la naturaleza y finalidad de un procedimiento especial, entre otros aspectos que pueden contribuir con el fortalecimiento de las funciones de los Inspectores. Este trabajo evidenció que la Ley 1610 de 2013 no constituye un procedimiento especial para los Inspectores de Trabajo, sino sólo consagra reglas mínimas y parciales. La eficacia del procedimiento sancionatorio laboral se logra con la aplicación de las disposiciones constitucionales, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), y la Ley 1610 de 2013. De lo anterior, se afirma que el Manual del Inspector de Trabajo (Resolución 1309, 2013), por su condición de acto administrativo, viola el principio de reserva de ley. Adicionalmente, existen otros factores que la afectan: demoras en los trámites; multiplicidad de funciones para los Inspectores (Decreto 472, 2015); faltantes en el número de Inspectores requeridos, según estudios internacionales de la OIT; y falencias en recursos tecnológicos y humanos, para enfocar la gestión en los sectores económicos de mayor demanda. Todo lo anterior conduce a recomendaciones para el diseño de un procedimiento sancionatorio especial, en conformidad con las características del objeto funcional, de los sujetos sancionables, de las normas violadas y del grado de afectación para el trabajador.In Colombia, with the creation of the Oficina General del Trabajo [General Work Bureau] in 1923, the path of state intervention in labor matters begun. In 1927, fines were instated for the first time, which marked the beginning of the construction of a labor-administration sanction procedure, which evolved from praetorian decisions that associated constitutional texts and the principles of due procedure, along with a series of guaranties which make up its foundations. In this sense, this study sought to stablish whether the administrative punitive role of the Labor Inspector described in Law 1610 of 2013 is effective. This analysis required reviewing Law 1610 of 2013, and Resolution 1309 of 2013 expedited by the Ministry of Labor. This study took into account the historical development of the power to sanction administrations, as well as its origins, considering due process and keeping in mind the guarantees of the latter, according to doctrine and Colombian and Spanish jurisprudence. An analysis of the inner structure of the Ministry of Labor, of the roles of labor inspector, and of the nature and purpose of a special procedure, among other aspects that could contribute to the purpose of strengthening Inspectors’ public functions, was carried out. The study revealed that Law 1610 of 2013 does not constitute a special procedure for Labor Inspectors; it only establishes minimum and partial rules. Efficiency in administration sanctioning procedures is achieved with the implementation of constitutional provisions, the Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) [Administrative Procedure and Contentious-Administrative Code], and Law 1610 of 2013. The Labor Inspector´s Handbook (Resolution 1309, 2013), due to it being an administrative act, infringes upon the principal of legal reservation. Also, there are other factors which affect the latter: procedural delays; the myriad of duties the Labor Inspector has (Decree 472, 2015); the shortage of Labor Inspectors required, according to ILO international studies; and the lack of human and technological resources needed to concentrate action in economic sectors with large demand. All of this leads to recommendations for the establishment of a special sanction procedure, in accordance with operational objectives, with the punishable subjects, with the regulations infringed upon, and with the degree of affectation on the workers.Magíster en Derecho AdministrativoMaestrí

    Actuaciones administrativas sancionatorias adelantadas por las inspecciones de trabajo

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    En Colombia, con la creación de la Oficina General del Trabajo en 1923, inició el camino de la intervención del Estado en los asuntos laborales. En 1927, aparecieron las multas y comenzó la construcción de un procedimiento sancionatorio administrativo-laboral, el cual evolucionó a partir de decisiones pretorianas que asociaron los textos constitucionales y los principios del debido proceso, así como una serie de garantías que constituyeron su fundamento. En este sentido, esta investigación buscó establecer si es eficaz la función administrativa sancionatoria de los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social descrita en la Ley 1610 de 2013. Este análisis demandó una revisión de la Ley 1610 de 2013, y la Resolución 1309 de 2013 del Ministerio de Trabajo. El estudio se realizó a partir del desarrollo histórico de la facultad sancionatoria de la administración, así como de sus orígenes y del debido proceso, teniendo en cuentas las garantías de éste según la doctrina, y según la jurisprudencia nacional y española. Se analizaron la estructura del Ministerio de Trabajo, las funciones de los Inspectores de Trabajo, la naturaleza y finalidad de un procedimiento especial, entre otros aspectos que pueden contribuir con el fortalecimiento de las funciones de los Inspectores. Este trabajo evidenció que la Ley 1610 de 2013 no constituye un procedimiento especial para los Inspectores de Trabajo, sino sólo consagra reglas mínimas y parciales. La eficacia del procedimiento sancionatorio laboral se logra con la aplicación de las disposiciones constitucionales, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), y la Ley 1610 de 2013. De lo anterior, se afirma que el Manual del Inspector de Trabajo (Resolución 1309, 2013), por su condición de acto administrativo, viola el principio de reserva de ley. Adicionalmente, existen otros factores que la afectan: demoras en los trámites; multiplicidad de funciones para los Inspectores (Decreto 472, 2015); faltantes en el número de Inspectores requeridos, según estudios internacionales de la OIT; y falencias en recursos tecnológicos y humanos, para enfocar la gestión en los sectores económicos de mayor demanda. Todo lo anterior conduce a recomendaciones para el diseño de un procedimiento sancionatorio especial, en conformidad con las características del objeto funcional, de los sujetos sancionables, de las normas violadas y del grado de afectación para el trabajador.In Colombia, with the creation of the Oficina General del Trabajo [General Work Bureau] in 1923, the path of state intervention in labor matters begun. In 1927, fines were instated for the first time, which marked the beginning of the construction of a labor-administration sanction procedure, which evolved from praetorian decisions that associated constitutional texts and the principles of due procedure, along with a series of guaranties which make up its foundations. In this sense, this study sought to stablish whether the administrative punitive role of the Labor Inspector described in Law 1610 of 2013 is effective. This analysis required reviewing Law 1610 of 2013, and Resolution 1309 of 2013 expedited by the Ministry of Labor. This study took into account the historical development of the power to sanction administrations, as well as its origins, considering due process and keeping in mind the guarantees of the latter, according to doctrine and Colombian and Spanish jurisprudence. An analysis of the inner structure of the Ministry of Labor, of the roles of labor inspector, and of the nature and purpose of a special procedure, among other aspects that could contribute to the purpose of strengthening Inspectors’ public functions, was carried out. The study revealed that Law 1610 of 2013 does not constitute a special procedure for Labor Inspectors; it only establishes minimum and partial rules. Efficiency in administration sanctioning procedures is achieved with the implementation of constitutional provisions, the Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) [Administrative Procedure and Contentious-Administrative Code], and Law 1610 of 2013. The Labor Inspector´s Handbook (Resolution 1309, 2013), due to it being an administrative act, infringes upon the principal of legal reservation. Also, there are other factors which affect the latter: procedural delays; the myriad of duties the Labor Inspector has (Decree 472, 2015); the shortage of Labor Inspectors required, according to ILO international studies; and the lack of human and technological resources needed to concentrate action in economic sectors with large demand. All of this leads to recommendations for the establishment of a special sanction procedure, in accordance with operational objectives, with the punishable subjects, with the regulations infringed upon, and with the degree of affectation on the workers.Magíster en Derecho AdministrativoMaestrí

    NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO INVOCADO POR SERVIDORES PÚBLICOS DE ELECCIÓN POPULAR EN COLOMBIA Nueva lectura de las causales de “violación de una norma superior” y “funcionario sin competencia” a la luz del precedente interamericano

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    La problemática de nuestra investigación esta hincada en el derecho administrativo y se basa en dos causales de nulidad de los actos administrativos: La causal de Violación de una norma superior y la causal de funcionario sin competencia La violación de una norma superior: solo se había analizados desde la Ley y hasta la constitución en la pirámide normativa interna. La causal de funcionario sin competencia: siempre se había establecido que la Procuraduría era competente para destituir a servidores públicos elegidos por voto popular, de acuerdo al código disciplinario único y la constitución política de Colombia en su articulo 277 numeral 6 y 278 numeral 1, se presenta el caso Gustavo Petro Urrego y este trae como consecuencia que la Procuraduría General de la Nación, no es la competente para destituir servidores públicos elegidos por voto popular, según lo establecido mediante sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. De lo anterior se colige que la constitución política de Colombia debe ser modifica, y es aquí donde nace la pregunta problema de nuestra investigación ¿Cómo configurar las causales consagradas en el Código Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo de “funcionario sin competencia” y “violación de una norma superior”, con fundamento en el precedente interamericano, para la procedencia del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, contra la decisión de la Procuraduría General de la Nación que destituye a un servidor público elegido por voto popular?Universidad Libre - Facultad de Derecho - Maestría en Derecho Administrativ

    Retos en Seguridad y Salud en el Trabajo: enfermos de Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y portadores del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH)

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    El presente artículo expone la protección especial que se ha brindado a las personas portadoras de VIH y enfermos de SIDA en la normativa vigente y de forma especial en el recorrido a lo largo de los años en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, la cual, genera en los responsables del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo bastantes retos a superar para realizar una gestión preventiva adecuada sin vulnerar otros derechos fundamentales de estas personas. Así pues, para el desarrollo de esta temática se encontrarán los siguientes apartados, primero “Diferente tratamiento médico, igual tratamiento laboral” donde se expone someramente lo relacionado con la diferenciación en el tratamiento de una persona infectada con VIH y aquellas que son diagnosticados con SIDA, posteriormente, la “Evolución de la protección de los trabajadores infectados con VIH/Enfermos de SIDA en la jurisprudencia de la Corte Constitucional con su incidencia en la gestión preventiva en Seguridad y Salud en el Trabajo” con el fin de comprender el estado jurisprudencial para el tratamiento de las personas que se encuentren en dichas situación, se prosigue con la “Vigilancia de la salud” como obligación del empleador, aspecto que, da lugar al siguiente apartado “procesos de rehabilitación y reincorporación laboral” para así, finalmente exponer las obligaciones desde el “riesgo psicosocial y prevención del acoso laboral.This article sets out the special protection that has been provided to people living with HIV and AIDS patients in current regulations and especially in the course of the years in the jurisprudence of the Constitutional Court, which generates In those responsible for the Occupational Health and Safety Management System, there are enough challenges to overcome in order to carry out adequate preventive management, without violating other fundamental rights of these people. Thus, for the development of this topic, the following sections will be found, first '' Different medical treatment, equal work treatment '' where it is briefly exposed what is related to the differentiation in the treatment of a person infected with HIV and those who are diagnosed with AIDS, later the `` Evolution of the protection of workers infected with HIV / AIDS patients in the jurisprudence of the Constitutional Court with its incidence in preventive management in Safety and Health at Work '' in order to understand the jurisprudential status for the treatment of people who are in these situations, the "Health Surveillance" is continued as an obligation of the employer, an aspect that gives rise to the following section "processes of rehabilitation and reincorporation to work" in order to finally expose the obligations from the "psychosocial risk and prevention of workplace harassment

    La terminación del contrato de trabajo frente a la situación de discapacidad : un análisis a partir del principio de la estabilidad en el empleo en Colombia

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    El derecho laboral en Colombia desde su constitucionalización ha experimentado notables variaciones, lo que se evidencia en la diversidad de criterios jurisprudenciales que existen respecto a la procedencia de la terminación del contrato de trabajo de un discapacitado a la luz del alcance del principio de la estabilidad en el empleo. Es por ello, que el norte de la presente tesina fue identificar en qué circunstancias puede un empleador terminarle el contrato de trabajo a un discapacitado en Colombia. Se trató de un estudio basado en un enfoque cualitativo, con un alcance descriptivo, las técnicas de recolección de información fueron la revisión bibliográfica y el análisis jurisprudencial. Así las cosas, se obtuvo que desde la perspectiva Constitucional las circunstancias donde procede la terminación del contrato de trabajo de un discapacitado son: Cuando la reubicación desborda la capacidad del empleador, cuando existe una justa causa distinta a la enfermedad, con autorización por parte del ministerio de protección social, cuando no hay nexo de causalidad entre la terminación y la situación de discapacidad, cuando la asignación de nuevas funciones pueda colocar en riesgo la integridad del trabajador y en los casos de reconocimiento de la pensión de invalidez. A contrario sensu, desde la perspectiva ordinaria las circunstancias en las que procede la terminación son: Cuando los trabajadores discapacitados no han sido calificados como tal, por vencimiento del plazo pactado o la realización de la obra, y cuando la calificación de la enfermedad es posterior a la terminación

    Los fundamentos de la bibliotecolog??a y la ciencia de la informaci??n en las universidades p??blicas argentinas: perspectivas acad??micas.

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    Este trabajo aborda diferentes aspectos de la ense??anza de los Fundamentos de la Bibliotecolog??a y la Ciencia de la informaci??n en las universidades p??blicas del contexto nacional -desde una perspectiva descriptiva-comparativa-, espec??ficamente los principios te??ricos del ??rea, las caracter??sticas de sus programas curriculares y la incidencia de las recomendaciones de los Encuentros de Directores y Docentes de Bibliotecolog??a del Mercosur. Primero, se revisa el estado del arte, realizando una aproximaci??n a los fundamentos propiamente dichos de la Bibliotecolog??a y de la Ciencia de la Informaci??n. Luego, se expone un panorama hist??rico de los Encuentros de Directores y Docentes de las Escuelas de Bibliotecolog??a y Ciencia de la Informaci??n del Mercosur y se analiza el impacto que tuvieron en la ense??anza de la Bibliotecolog??a en el ??rea de inter??s. Poste-riormente, se describen los contenidos, objetivos y bibliograf??a empleados por las asigna-turas representativas del ??rea de los Fundamentos de la Bibliotecolog??a, utilizando como insumo primario sus programas curriculares. Finalmente, se presenta un estudio compara-tivo de los aspectos descriptos entre los programas trabajados. Adem??s, se coteja el es-tado de la ense??anza en el pa??s con relaci??n a las recomendaciones efectuadas por los Encuentros de Directores y Docentes de las Escuelas de Bibliotecolog??a y Ciencia de la Informaci??n del Mercosur

    La liquidación de contrato estatal de prestación de servicios en Colombia y el análisis del precedente jurisprudencial.

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    La presente investigación tiene como objetivo analizar la liquidación de Contrato estatal de prestación de servicios en Colombia desde el precedente jurisprudencial. La primera parte de la investigación desarrolla los elementos teóricos y jurídicos sobre la contratación estatal y la prestación de servicios. En esa medida se relaciona el Contrato de Prestación de Servicios1 desde el contexto global y local, principalmente referenciando a la Organización Mundial del Trabajo, quien ofrece una visión general desde los aspectos políticos, jurídicos-administrativos y laborales, además de establecer algunas particularidades sobre este tipo de contratación y sus cualidades más sobresalientes. En ese orden, la investigación desarrolla a su vez el contexto colombiano, donde se revisan la regulación de los CPS así como la contratación estatal conectada con los principios y fines del Estado, y que en efecto, vienen a conectar el desarrollo normativo hasta la actualidad. Este apartado asume por ende, un acercamiento cronológico a las figuras regulatorias de la contratación por prestación de servicios y su relación con la contratación estatal, posibilitando comprender puntos neurálgicos como el tema de la subordinación, la autonomía e independencia, todo con la finalidad de establecer con claridad las diferencias entre la contratación por prestación de servicios y la relación de trabajo.The objective of this research is to analyze the settlement of the State Contract for the Provision of Services in Colombia from the precedent precedent. The first part of the investigation develops the theoretical and legal elements on government contracting and the provision of services. To that extent, the Service Provision Contract1 is related from the global and local context, mainly referring to the World Labor Organization, which offers an overview from the political, legal-administrative and labor aspects, as well as establishing some particularities about this. type of contract and its most outstanding qualities. In that order, the research develops in turn the Colombian context, where they review the regulation of the CPS as well as the state contracting connected with the principles and purposes of the State, and that in effect, come to connect the normative development until the present time. . This section assumes, therefore, a chronological approach to the regulatory figures of contracting for the provision of services and its relationship with government procurement, making it possible to understand key issues such as the issue of subordination, autonomy and independence, all with the aim of establishing clearly the differences between contracting for the provision of services and the employment relationship

    Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad NICSP en las Universidades Públicas de Colombia.

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    1 recurso en línea (83 páginas) : tablas, figuras.The International Federation of Accountants (IFAC) as world organization for the accounting profession which function is to contribute to the production, adoption and application of high quality of international policies and guidelines, has created the International Public Sector Accounting Standards Board (IPSASB), which is an institution that develops the International Accounting Standards Board (IASB / NICSP), and establishes the requirements for the financial information of the governments and other public sector organizations. At a national level, the general accounting department, is what normalizes and regulates the adoption and application of the requirements of the NICSP/ IASB, it improves the accountability and transparency of the financial reports, which is the reason why in Colombia was established the resolution 533/2015 regarding to the policies for the recognition, measurement and disclosure of financial instruments of the regulatory framework for government bodies, whereby is established the timetable with necessary observance of the adoption process of the international standards that these bodies must follow. The subject matter public universities are on the application stage of the standard, conditioned for the resolution 693/2016.La Federación Internacional de Contadores IFAC (International Federation of Accountants) como organización mundial para la profesión contable y cuya función es contribuir a la elaboración, adopción y aplicación de alta calidad de normas y directrices internacionales, ha creado la Junta de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB), institución que desarrolla las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP), y la cual establece los requerimientos para la información financiera de los gobiernos y otras entidades del sector público; a nivel nacional la Contaduría General de la Nación es quien normaliza y regula la adopción y la aplicación de los requerimientos de las NICSP, mejora la rendición de cuentas y transparencia de los informes financieros, razón por la cual en Colombia se estableció la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las Normas para el reconocimiento, Medición, Revelación, de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, y mediante la cual se establece el cronograma de necesario cumplimiento, del proceso de adopción de las Normas Internacionales que deben seguir estas Entidades. Las universidades públicas objeto de estudio se encuentran en la etapa de aplicación de la norma condicionadas por la resolución 693 de 2016.Bibliografía y webgrafía: páginas 80-83.PregradoContador Públic
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